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Estudio de impacto acústico en una actividad de Restauración - MARCO LEGISLATIVO Y LÍMITES ACÚSTICOS

Se trata de un bar-restaurante ubicado en la planta baja de un edificio de viviendas en el municipio de L’Hospitalet de Llobregat.

Tras haber habido quejas de vecinos referentes al ruido proveniente del local, una EPCA procedió a medir in situ el aislamiento a ruido aéreo entre el local y una de las viviendas colindantes verticalmente. El resultado de la medida, con expediente COC aaaa/xxxx, fue un DnT,w = 54dB y el ayuntamiento procedió a limitar el horario de funcionamiento del local al horario diurno, de 8h a 22h, ya que para funcionar total o parcialmente dentro del horario nocturno (22h-8h) se exige un DnT,w ≥ 65dB.

Las normativas de referencia utilizadas en el presente estudio serán las siguientes:

  • Ordenanza Municipal sobre los Establecimientos de Concurrencia Pública, de L’Hospitalet de Llobregat (26 de mayo de 2007), en adelante, OMECP.
  • Decret 176/2009 de Catalunya (10 noviembre 2009).

En estas normas se definen, tanto el contenido que deben incluir los estudios de impacto acústico de actividades, como los límites sonoros de inmisión que no deben sobrepasarse en ambiente exterior e interior. Además, se realiza una clasificación de las actividades comerciales, industriales y de servicios a efectos de condiciones de protección acústica mínima a cumplir en función de la actividad desarrollada y de la capacidad de producir elevados niveles sonoros.

  1. 1.      Horario de funcionamiento considerado por ser más restrictivo: Nocturno (según datos aportados). Según OMECP: Horario Nocturno: 22-8h.
  1. 2.      Niveles límite de inmisión en ambiente interior (aplicadas penalizaciones): Más restrictivo en: Dormitorios: En horario hocturno: < 25 dBA.

En el caso de los niveles sonoros generados en el interior de los recintos por la actividad desarrollada, se considerará la no superación de los 86dBA (valor ampliamente utilizado en actividades de restauración y máximo admisible para poder garantizar el cumplimiento de niveles de inmisión dado un DnT,w=65dB).

 

 

Se describe una propuesta concreta de soluciones de aislamiento que correctamente ejecutada y con la idea de tener el mínimo impacto arquitectónico y económico posible, nos permitan optimizar el aislamiento a ruido aéreo y ruido de impacto a conseguir en el local respecto los receptores evaluados.

Las soluciones de aislamiento propuestas permitirán cumplir:

a.      Los valores de aislamiento mínimos necesarios exigidos por la Ordenanza Municipal sobre los Establecimientos de Concurrencia Pública de L’Hospitalet de Llobregat.

b.      Los niveles de inmisión máximos en ambiente interior en horario nocturno permitidos por el Decret 176/2009 de Catalunya.

 

Dependencias

Nocturno

(22h-8h)

Vivienda

Ambiente interior, dormitorios.

25 dBA

 

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